El Referencial de Integridad proporciona el Sistema de Gestión Antisoborno de Tractebel, un marco para comportarse con honestidad y promover una cultura de integridad basada en la Ley contra el Soborno del Reino Unido, la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA) de EE. UU. y la ley francesa Sapin 2. El Referencial de Integridad incluye las siguientes políticas y procedimientos:
Política de diligencia debida
El Grupo ha adoptado varias políticas de diligencia debida ética, que consisten en investigar a nuestras contrapartes, es decir, nuestros proveedores y subcontratistas, nuestros consultores comerciales, nuestros socios en el contexto de proyectos, los beneficiarios de patrocinios, etc., antes de iniciar cualquier relación comercial o asociación. Esto garantiza que estas partes no representen ningún riesgo ético importante y que no infrinjan ninguna norma que regule los derechos humanos, la salud y la seguridad, y/o el medio ambiente.
Política de diligencia debida sobre socios relacionados con proyectos de inversión
Esta política cubre la diligencia debida requerida para futuras contrapartes de proyectos.
Política de diligencia debida en el contexto del mecenazgo y los patrocinios
Esta política cubre la diligencia debida requerida para futuros beneficiarios de patrocinios y mecenazgos corporativos.
Política de diligencia debida nivel 1: proveedores y subcontratistas
Esta política cubre la diligencia debida requerida para futuros proveedores y subcontratistas directos.
Política de consultores empresariales
Para prevenir cualquier riesgo ético que pueda surgir en el transcurso de un proyecto, desde la fase de negociación del contrato hasta su ejecución, el Grupo ha elaborado una política de consultores empresariales cuyos elementos clave incluyen: una diligencia debida ética de todos los consultores empresariales, el análisis de la justificación comercial de sus misiones, un marco que rige la remuneración, la trazabilidad de las decisiones de selección y los servicios prestados.
Política de regalos, hospitalidad y viajes técnicos
La política de regalos, hospitalidad y viajes técnicos tiene por objeto prevenir cualquier tipo de corrupción, conflicto de intereses o tráfico de influencias. En ella se establecen los principios generales que deben respetarse en materia de regalos y hospitalidad, en particular en lo que se refiere a los viajes técnicos y de estudio, las relaciones con las autoridades públicas y las invitaciones a eventos. Proporciona un marco para la transparencia de la práctica, exigiendo información, declaración o autorización previa en función del importe del regalo, la invitación a un viaje técnico o de estudio. Cuenta con el respaldo de una herramienta específica del Grupo (Mi Registro de Regalos y Atenciones).
Política de prevención de conflictos de intereses
La política de prevención de conflictos de intereses tiene por objeto eliminar cualquier duda sobre la imparcialidad de una decisión tomada por un empleado del Grupo o su posible falta de lealtad al tomar una decisión, y encontrar soluciones adecuadas en caso de conflicto de intereses, como la posibilidad de que los empleados se abstengan sin tener que revelar la naturaleza de su conflicto de intereses, con el fin de preservar el derecho de los empleados al respeto de su vida privada. Esta política informa a los empleados y les orienta en caso de que se enfrenten a una situación de este tipo: les ofrece ejemplos de situaciones y especifica el proceso de gestión y trazabilidad en esta materia.
Normas operativas para el mecenazgo y el patrocinio
Además de la política de diligencia debida para los beneficiarios del patrocinio, estas Normas Operativas tienen por objeto proporcionar un marco para el apoyo prestado por el Grupo a través de sus actividades de mecenazgo y patrocinio, de conformidad con la ley, en particular en lo que se refiere a la lucha contra la corrupción y los requisitos de integridad del Grupo. Garantiza la transparencia de las prácticas mediante el establecimiento de normas para la selección de proyectos, socios y actividades. También establece un proceso de validación de los proyectos por parte de los Comités de Mecenazgo y Colaboración del Grupo y de cada entidad.
Cláusula de ética, salud y seguridad, responsabilidad social y medioambiental
La cláusula de ética, salud y seguridad, responsabilidad social y medioambiental debe incluirse en todos los contratos con todos los proveedores, prestatarios de servicios, subcontratistas y socios, independientemente de la entidad con la que trabajen. Esta cláusula incluye la prohibición de toda forma de corrupción, el cumplimiento de las normas de competencia y embargo, y el respeto de las normas y reglamentos en materia de derechos humanos. Obliga a la parte contratante a revisar los documentos éticos del Grupo, a cumplir las normas éticas establecidas en dichos documentos durante toda la vigencia del contrato y a garantizar el mismo respeto de estas normas por parte de sus propios subcontratistas, si los hubiera. Asimismo, le informa de las consecuencias contractuales en caso de incumplimiento de estas normas.